N° 00094-2020-MINEDU Lima, 26 de abril de 2020 VISTOS, el Expediente N° 0009720-2020, los informes técnicos contenidos en el referido expediente, el Informe N° 00502-2020-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, de...
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N° 00094-2020-MINEDU Lima, 26 de abril de 2020 VISTOS, el Expediente N° 0009720-2020, los informes técnicos contenidos en el referido expediente, el Informe N° 00502-2020-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a los literales b) y d) del artículo 5 del Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, son atribuciones del Ministerio de Educación formular las normas de alcance nacional que regulen las actividades de educación, deporte y recreación; y orientar el desarrollo del sistema educativo nacional, en concordancia con lo establecido por la ley, y establecer las coordinaciones que al efecto pudieran ser convenientes y necesarias; Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Esta
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