Cuando un empleado que se encuentra bajo relación jurídico laboral al cual se le depositó
«confianza» sea vía mandato o cargo gerencial o por cualquier otro medio ¿le puede ser tipicable el delito de estafa o necesariamente solo debe tratarse de un hurto...
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Cuando un empleado que se encuentra bajo relación jurídico laboral al cual se le depositó
«confianza» sea vía mandato o cargo gerencial o por cualquier otro medio ¿le puede ser tipicable el delito de estafa o necesariamente solo debe tratarse de un hurto justamente porque es un trabajador?. Con esta pregunta, se propone el estudio de las escuelas penales y los sistemas penales actuales; se efectúa una exégesis del hurto y estafa; se aborda el estado actual del derecho penal del trabajo; la variable «confianza» también es motivo de análisis
y, finalmente, se plantea el problema en sí arribando a las conclusiones pertinentes en la materia.
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