BEPS - Acción 7 – Prevención de la elusión artificiosa de establecimiento permanente El reporte emitido el 5 de octubre de 2015 por parte de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) en relación con la Acción 7 (prevención de la...
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BEPS - Acción 7 – Prevención de la elusión artificiosa de establecimiento permanente El reporte emitido el 5 de octubre de 2015 por parte de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) en relación con la Acción 7 (prevención de la elusión artificiosa de establecimiento permanente – “EP”) del proyecto BEPS (Base Erosion and Profit Shifting),propone cambios a la regulación de EP contenida en el artículo 5 del modelo de convenio para evitar la doble imposición de la OCDE (“modelo OCDE”), y a los comentarios de dicho modelo, con el fin de restringir las posibilidades de que compañías extranjeras operen en otro país sin generar un EP. Las propuestas están centradas en: · Atacar contratos de comisión y acuerdos similares. En este campo el reporte propone que un EP de agente no solamente debe crearse cuando una persona dependiente (legal o económicamente) concluye de manera habitual contratos por cuenta de la entidad del exterior, si no también cuando dicha persona, d
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