REGIMEN COMUN Los comerciantes, productores e importadores que no cumplan con los requisitos para pertenecer al régimen simplificado, deben acogerse al régimen común. Todas las personas jurídicas pertenecen al régimen común. OBLIGHACIONES DEL REGIMEN COMUN:...
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REGIMEN COMUN Los comerciantes, productores e importadores que no cumplan con los requisitos para pertenecer al régimen simplificado, deben acogerse al régimen común. Todas las personas jurídicas pertenecen al régimen común. OBLIGHACIONES DEL REGIMEN COMUN: a. Expedir factura con los requisitos de ley. b. Cobrar, declarar y pagar el impuesto sobre las ventas por periodos bimestrales. c. Retener, declarar y pagar mensualmente el impuesto sobre las ventas retenidos. d. Retener, declarar y pagar mensualmente la retención en la fuente. e. Expedir certificados de retención. f. Inscribirse en el RUT administrado por La DIAN. g. Llevar libros de contabilidad en debida forma. h. Informar a la DIAN sobre el cese de actividades. REGIMEN SIMPLIFICADO Al régimen simplificado pertenecen las personas naturales, los comerciantes y los artesanos, que sean detallistas o minoristas; los agricultores y los ganaderos que realicen operaciones gravadas, así como quienes presten servicios gravados, siempre y
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