PERMISOS RETRIBUIDOS.
15 días naturales por matrimonio o inscripción como pareja de
hecho.
3 días por nacimiento de hijo/a
Paternidad. El trabajador tendrá derecho a la suspensión del contrato durante
13 días ininterrumpidos retribuidos (pedir...
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PERMISOS RETRIBUIDOS.
15 días naturales por matrimonio o inscripción como pareja de
hecho.
3 días por nacimiento de hijo/a
Paternidad. El trabajador tendrá derecho a la suspensión del contrato durante
13 días ininterrumpidos retribuidos (pedir formulario en la Seguridad Social),
ampliables en el supuesto de parto, adopción o acogimiento múltiples en dos
días más por cada hijo a partir del segundo. Este permiso es acumulable al
anterior y se puede utilizar también, de acuerdo, de manera parcial. Por
ejemplo: Faltar la mitad de la jornada (el periodo que tu elijas) durante 26 días.
16 semanas de baja maternal retribuida. En el supuesto de parto múltiple, se
aumentan dos semanas más por cada hijo a partir del segundo. En caso de
fallecimiento de la madre, el padre podrá hacer uso de este permiso. El
derecho también se aplica a los supuestos de adopción y acogimiento de
menores hasta 6 años. La base de la retribución será la cotizada en el mes
anterior.
En todos los casos de part
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