CASO No. 1
Con fecha 15 de mayo de 2,011 usted como representante legal de una sociedad
de personas, logra la devolución de impuestos de declaración y pago mensual por
Q.65,000.000 mediante el uso de documentación fraudulenta.
Estipular si la...
More
CASO No. 1
Con fecha 15 de mayo de 2,011 usted como representante legal de una sociedad
de personas, logra la devolución de impuestos de declaración y pago mensual por
Q.65,000.000 mediante el uso de documentación fraudulenta.
Estipular si la documentación es o no fraudulenta ya que el artículo 100
inciso 3 del Código Tributario estipula que hay que requerir del
contribuyente, copias, fotocopias u otro medio de documentación.
Asegurar la integridad de la información para no alterar datos. Artículo 105
numeral 2 del código tributario.
Si se declarare en otro tipo de papel o medio, la administración tributaria
podrá establecer que los anexos permanezcan en poder de los sujetos
pasivos de la obligación tributaria. Artículo 105 último párrafo del código
tributario.
La documentación debe cumplir con los requisitos del artículo 18 de la ley
del IVA.
A personas que presten los servicios, para efectos de devolución del
crédito, la dirección financiera del ministerio de finanzas públi
Less