Esta parte de la ISO 690 especifica los elementos que deben ser incluidos en
una referencia bibliográfica de documentos electrónicos.
Establece un orden
prescrito para los elementos de la referencia e instaura convenciones para la
transcripción y...
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Esta parte de la ISO 690 especifica los elementos que deben ser incluidos en
una referencia bibliográfica de documentos electrónicos.
Establece un orden
prescrito para los elementos de la referencia e instaura convenciones para la
transcripción y presentación de información derivada de La fuente del
documento electrónico.
Esta parte de la ISO 690 intenta ser de uso para los
autores y editores en la compilación de referencias de documentos
electrónicos para su inclusión en la bibliografía, y en la formulación de Citas
correspondientes a las entradas en ésta bibliografía.
No se aplica a las
descripciones de Bibliografía completa requerida por bibliotecarios,
bibliógrafos descriptivos y analíticos, índices, etc.
Normativa de referencias
Las siguientes normas contienen disposiciones, a través de las referencias en
este texto, que forman
Parte de esta parte de la ISO 690.
En la fecha de publicación, los editores
indicaron que eran válidas.
Todas las normas son sujetas a revisión, y pa
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