Entes jurídicos
Persona natural:
Definición: código civil, articulo 55; Son personas todos los individuos de la
especie humana, cualquiera que sea su edad, sexo, estirpe o condición.
Como nacen: “Según el artículo 90 del Código Civil, "La existencia legal...
More
Entes jurídicos
Persona natural:
Definición: código civil, articulo 55; Son personas todos los individuos de la
especie humana, cualquiera que sea su edad, sexo, estirpe o condición.
Como nacen: “Según el artículo 90 del Código Civil, "La existencia legal de toda
persona principia al nacer, esto es al separarse completamente de su madre".
Y
de conformidad con el artículo 1019 del mismo Código, "Para ser capaz de
suceder es necesario existir naturalmente al tiempo de abrirse la sucesión.
.
.
"
La existencia legal de la persona natural comienza al nacer y termina
con la muerte.
Personas jurídica:
Definición: Código civil, artículo 35
1.
-las corporaciones, asociaciones y fundaciones de interés público reconocidas
por la ley.
Su personalidad empieza desde el instante mismo en que, con arreglo a
su derecho, hubiesen quedado válidamente constituidas.
2.
- las asociaciones de interés particular, sean civiles, mercantiles o industriales a
las que la ley conceda personalidad propia, indep
Less