Libertad y Orden Con fundamento en los Convenios de la Organización Internacional del Trabajo, en especial 151 relativo a las relaciones de trabajo en la administración pública y 154 relativo al fomento de la negociación colectiva, que fueron ratificados,...
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Libertad y Orden Con fundamento en los Convenios de la Organización Internacional del Trabajo, en especial 151 relativo a las relaciones de trabajo en la administración pública y 154 relativo al fomento de la negociación colectiva, que fueron ratificados, mediante las leyes 411 de 1997 y 524 de 1999 y con base en el Decreto 160 de 2014, el Gobierno Colombiano logró acuerdos con las Centrales Sindicales CGT, CTC, CUT, CNT y UTC y las Federaciones, FECODE FECOTRASERPUBLICOS, FENASER, UNETE, UTRADEC, FENALTRASE, que representan a 1.200.000.oo empleados públicos. En esta segunda negociación colectiva (hace dos años se pactó un acuerdolaboral),elEstadoColombianoensuprofundaconvicción del fortalecimiento del Diálogo Social y la Concertación enmarcada dentro del objetivo del “Trabajo Decente para todos y para todas”, el 26 de febrero del presente año, acogió el pliego unificado estatal, que recogía las aspiraciones propias de los funcionarios públicos de los distintos sectores que componen el
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