CCoommiissiióónn ddee FFiissccaalliizzaacciióónn EElleeccttoorraall
ÓÓrrggaannoo CCoonnssttiittuucciioonnaall AAuuttóónnoommoo
1
COMISIÓN DE FISCALIZACIÓN ELECTORAL.
- TUXTLA
GUTIÉRREZ, CHIAPAS; A VEINTICUATRO DE JUNIO DE DOS MIL
DIEZ.
V I S T O S...
More
CCoommiissiióónn ddee FFiissccaalliizzaacciióónn EElleeccttoorraall
ÓÓrrggaannoo CCoonnssttiittuucciioonnaall AAuuttóónnoommoo
1
COMISIÓN DE FISCALIZACIÓN ELECTORAL.
- TUXTLA
GUTIÉRREZ, CHIAPAS; A VEINTICUATRO DE JUNIO DE DOS MIL
DIEZ.
V I S T O S para resolver los autos del expediente identificado con
clave alfanumérica COFEL/PES/058/2010, por motivo de la queja
promovida por el C.
Jorge Antonio Trujillo Flores, en su calidad de
Representante Propietario del Partido de la Revolución Democrática
ante el Consejo Municipal del Instituto de Elecciones y Participación
Ciudadana, en San Cristóbal de las Casas, Chiapas instaurado en
contra de los PARTIDOS REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL Y
VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO, así como del C.
Víctor Issac
Ramos Herrera, por la posible infracción a las disposiciones
electorales vigentes en el Estado de Chiapas; y
R E S U L T A N D O
1.
- Que mediante escrito de fecha doce de junio de dos mil diez, y
recibido el día catorce del mis
Less