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RESOLUCIÓN.
- COMISIÓN DE FISCALIZACIÓN ELECTORAL.
- TUXTLA
GUTIÉRREZ, CHIAPAS; A CUATRO DE MAYO DE DOS MIL DOCE.
V I S T O el...
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CCoommiissiióónn ddee FFiissccaalliizzaacciióónn EElleeccttoorraall
ÓÓrrggaannoo CCoonnssttiittuucciioonnaall AAuuttóónnoommoo
RESOLUCIÓN.
- COMISIÓN DE FISCALIZACIÓN ELECTORAL.
- TUXTLA
GUTIÉRREZ, CHIAPAS; A CUATRO DE MAYO DE DOS MIL DOCE.
V I S T O el Informe Final de Resultados presentado por la Dirección General de
Fiscalización, de esta autoridad electoral, respecto de los gastos ordinarios
realizados por el Partido del Trabajo, en el Estado de Chiapas, durante el cuarto
trimestre del ejercicio fiscal dos mil once, el cual fue radicado bajo el número
de expediente COFEL/PF/022/2012; y,
R E S U L T A N D O
ÚNICO.
- Atendiendo al principio de Economía Procesal, resulta innecesario
detallar los puntos de este capítulo, toda vez que no causa agravios a las partes
su omisión.
Sustenta lo anterior, por analogía la tesis aislada emitida por la
Segunda Sala de la anterior integración de la Suprema Corte de Justicia de la
Nación, visible a página 70, tomo 199-204, tercera parte, séptima
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