Derecho Civil II
________________________________________________________________________________________________
DERECHO CIVIL II
EL CONTRATO
• 1254-1314 CC: pero no define el contrato.
Aparece como la conjunción de los
consentimientos, fuente de...
More
Derecho Civil II
________________________________________________________________________________________________
DERECHO CIVIL II
EL CONTRATO
• 1254-1314 CC: pero no define el contrato.
Aparece como la conjunción de los
consentimientos, fuente de obligaciones.
Constituye, modifica o extingue una
relación jurídica patrimonial.
“Contrato” es tanto el acto que se realiza como el
resultado normativo.
• Clasificación de los contratos: consensuales, reales, formales (reales exigencia
de la entrega: préstamo, mutuo, depósito…); unilaterales, bilaterales,
plurilaterales; onerosos y lucrativos (donación), conmutativos y aleatorios; típicos
y atípicos; por negociación y por adhesión.
ELEMENTOS ESENCIALES DEL CONTRATO
• 161 CC: consentimiento, objeto, causa.
• Consentimiento: 1263 CC no pueden prestar consentimiento: los menores no
emancipados; los incapacitados, siempre que la sentencia que declare su
incapacitad lo establexca.
Capacidad par contratar así coincide con la capacidad
gene
Less