LEY 1407 DE 2010
(agosto 17)
Diario Oficial No.
47.
804 de 17 de agosto de 2010
CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Por la cual se expide el Código Penal Militar.
EL CONGRESO DE COLOMBIA
DECRETA:
LIBRO PRIMERO.
PARTE GENERAL.
TÍTULO I.
NORMAS RECTORAS DE LA LEY...
More
LEY 1407 DE 2010
(agosto 17)
Diario Oficial No.
47.
804 de 17 de agosto de 2010
CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Por la cual se expide el Código Penal Militar.
EL CONGRESO DE COLOMBIA
DECRETA:
LIBRO PRIMERO.
PARTE GENERAL.
TÍTULO I.
NORMAS RECTORAS DE LA LEY PENAL MILITAR.
CAPÍTULO I.
ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL CÓDIGO.
ARTÍCULO 1o.
FUERO MILITAR.
De los delitos cometidos por los miembros de la Fuerza
Pública en servicio activo, y en relación con el mismo servicio, conocerán las Cortes
Marciales o los Tribunales Militares, con arreglo a las disposiciones de este Código.
Tales
Cortes o Tribunales estarán integrados por miembros de la Fuerza Pública en servicio
activo o en retiro.
ARTÍCULO 2o.
DELITOS RELACIONADOS CON EL SERVICIO.
Son delitos relacionados
con el servicio aquellos cometidos por los miembros de la Fuerza Pública en servicio activo
dentro o fuera del territorio nacional, cuando los mismos se deriven directamente de la
función militar o policial que la Constitución, la le
Less