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42-2012
Inconstitucionalidad.
Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, San Salvador a las catorce horas
y treinta y cinco minutos del día veintidós de mayo de dos mil trece.
Agrégase a sus antecedentes el escrito presentado por la...
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42-2012
Inconstitucionalidad.
Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, San Salvador a las catorce horas
y treinta y cinco minutos del día veintidós de mayo de dos mil trece.
Agrégase a sus antecedentes el escrito presentado por la ciudadana Lisbeth Emma
Edith Abarca Cárdenas, mediante el cual pretende subsanar la prevención formulada por
esta Sala; sobre lo expuesto en dicho escrito, se hacen las siguientes consideraciones:
I.
En la resolución de 7-XII-2012, pronunciada en el presente proceso, se previno a
la demandante para que manifestara si su argumento deviene en el alegato de una posible
vulneración a la libertad de contratación de las AFP, generada por los preceptos objeto de
control y, de ser así, señalara la disposición constitucional correspondiente a la referida
libertad, le atribuyera un contenido normativo y expusiera los argumentos que den pie a la
confrontación normativa entre esta y cada una de las disposiciones impugnadas.
La ciudadana Abarca Cár
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