TÍTULO I
Las Enseñanzas y su Ordenación
CAPÍTULO I
Educación infantil
Artículo 12.
Principios generales.
1-La educación infantil constituye la etapa educativa con identidad propia que atiende a
niñas y niños desde el nacimiento hasta los seis años de...
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TÍTULO I
Las Enseñanzas y su Ordenación
CAPÍTULO I
Educación infantil
Artículo 12.
Principios generales.
1-La educación infantil constituye la etapa educativa con identidad propia que atiende a
niñas y niños desde el nacimiento hasta los seis años de edad.
2-La educación infantil tiene carácter voluntario y su finalidad es la de contribuir al
desarrollo físico, afectivo, social e intelectual de los niños.
3-Con objeto de respetar la responsabilidad fundamental de las madres y padres o
tutores en esta etapa, los centros de educación infantil cooperarán estrechamente con
ellos.
Artículo 13.
Objetivos.
La educación infantil contribuirá a desarrollar en las niñas y niños las capacidades que les
permitan:
a) Conocer su propio cuerpo y el de los otros, sus posibilidades de acción y aprender a
respetar las diferencias.
b) Observar y explorar su entorno familiar, natural y social.
c)Adquirir progresivamente autonomía en sus actividades habituales.
d)Desarrollar sus capacidades afecti
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