Ley 115 de 1994, art 7
La familia. A la familia como núcleo fundamental de la
sociedad y primer responsable de la educación de los
hijos, hasta la mayoría de edad o hasta cuando ocurra
cualquier otra clase o forma de emancipación, le
corresponde:
a)...
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Ley 115 de 1994, art 7
La familia. A la familia como núcleo fundamental de la
sociedad y primer responsable de la educación de los
hijos, hasta la mayoría de edad o hasta cuando ocurra
cualquier otra clase o forma de emancipación, le
corresponde:
a) Matricular a sus hijos en instituciones educativas que
respondan a sus expectativas, para que reciban una
educación conforme a los fines y objetivos establecidos
en la Constitución, la ley y el proyecto educativo
institucional;
b) Participar en las asociaciones de padres de familia;
c) Informarse sobre el rendimiento académico y el
comportamiento de sus hijos, y sobre la marcha de la
institución educativa, y en ambos casos, participar en
las acciones de mejoramiento;
d) Buscar y recibir orientación sobre la educación de los
hijos;
e) Participar en el Consejo Directivo, asociaciones o
comités, para velar por la adecuada prestación del
servicio educativo;
f) Contribuir solidariamente con la institución educativa
para la formación de sus hijos
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