mediante el concepto No.
008895 del 10 de febrero de 2011, la DIAN insiste en que
el beneficio de auditoría no aplica con respecto de las declaraciones de renta y
sus correcciones en las que se determinen o compensen pérdidas fiscales.
Sobre
estas...
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mediante el concepto No.
008895 del 10 de febrero de 2011, la DIAN insiste en que
el beneficio de auditoría no aplica con respecto de las declaraciones de renta y
sus correcciones en las que se determinen o compensen pérdidas fiscales.
Sobre
estas declaraciones, en consecuencia, aplica el termino de firmeza de 5 años.
Dice así el concepto, en su parte pertinente:
?En este orden de ideas de derecho resulta colegir que el beneficio de auditoría
consagrado por el artículo 689-1 del Estatuto Tributario, modificado por el
artículo 17 de la Ley 633 de 2000, no aplica para las declaraciones de renta y sus
correcciones en las que se determinen o compensen pérdidas fiscales, toda vez que
sobre estas aplica el término de firmeza de cinco (5) años contados a partir de la
fecha de la presentación, establecido por el artículo 147 del Estatuto Tributario,
modificado por el artículo 24 de la Ley 788 de 2002.
Finalmente, el Despacho acoge
los argumentos expuestos en el Concepto 075186 de 2010, sob
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