TEMA 16 PROCESO DE DESPIDO DISCIPLINARIO
El despido disciplinario puede ser procedente, improcedente o nulo.
El DESPIDO PROCEDENTE se da cuando acreditado el incumplimiento
alegado por el empresario en el escrito de comunicación al trabajador o
carta de...
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TEMA 16 PROCESO DE DESPIDO DISCIPLINARIO
El despido disciplinario puede ser procedente, improcedente o nulo.
El DESPIDO PROCEDENTE se da cuando acreditado el incumplimiento
alegado por el empresario en el escrito de comunicación al trabajador o
carta de despido, los efectos de dicho despido llevan a aclarar convalidadas
la extinción del contrato de trabajo sin derecho a los salarios de tramitación
ni a la indemnización.
EL DESPIDO ES IMPROCEDENTE cuando no quede acreditado el
incumplimiento alegado por el empresario en el escrito de comunicación
del despido en cuanto a requisito de fondo y cuando no se cumplan los
requisitos de forma que para el despido establece el ART 55 ET.
La sentencia que declare la improcedencia del despido deberá efectuar una
condena alternativa al empresario entre readmitir al trabajador en las
condiciones que regían antes de producirse el despido con abono de los
salarios de tramitación o bién, indemnización al trabajador en una cuantía
fijada en 45 días de
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