Introducción
Visto el texto del Convenio Colectivo Interprovincial de las empresas minoristas de Droguerías,
Herboristerías, Ortopedias y Perfumerías (Código de Convenio nº 9903685) que fue suscrito con fecha
28 de diciembre de 2007 de una parte por la...
More
Introducción
Visto el texto del Convenio Colectivo Interprovincial de las empresas minoristas de Droguerías,
Herboristerías, Ortopedias y Perfumerías (Código de Convenio nº 9903685) que fue suscrito con fecha
28 de diciembre de 2007 de una parte por la Federación Nacional de Perfumistas y Drogueros de
España y la Federación de Herboristería (FEMADIHER) en representación de las empresas del Sector
y de otra por las Organizaciones Sindicales UGT y CC.
OO en representación de los trabajadores del
mismo y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto
Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de
los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de
Convenios Colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Trabajo
Resuelve
Primero.
Ordenar la inscripción del citado Convenio Colectivo en el correspondiente Registro de este
Centro Directivo, con notificación
Less