Condiciones Técnicas y Garantías de Seguridad
en Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros
de Transformación
Real Decreto 3275/1982, de 12 de noviembre, sobre Condiciones Técnicas
y Garantías de Seguridad en Centrales Eléctricas, Subestaciones y
Centros...
More
Condiciones Técnicas y Garantías de Seguridad
en Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros
de Transformación
Real Decreto 3275/1982, de 12 de noviembre, sobre Condiciones Técnicas
y Garantías de Seguridad en Centrales Eléctricas, Subestaciones y
Centros de Transformación.
BOE núm.
288 de 1 de diciembre.
Exposición de motivos
Desde el año mil novecientos cuarenta y nueve en que fue aprobado el vigente
Reglamento de Centrales Eléctricas y Centros de Transformación, la tecnología
ha experimentado un importante avance y la potencia eléctrica instalada se ha
incrementado considerablemente, aumentando las potencias de cortocircuito
con mayor exigencia en los condicionamientos técnicos.
Todo ello ha obligado a revisar las prescripciones técnicas sobre protecciones,
instalaciones de puesta a tierra, aparatos de maniobra, aislamientos, etc.
, en
centrales eléctricas, subestaciones y centros de transformación y otras
instalaciones de corriente alterna con tensión nominal superior a un KV
Less