SPRAYS SI O NO PARA LOS VIGILANTES.
Informe sobre la posibilidad de que los vigilantes de seguridad puedan utilizar sprays de defensa personal
en el ejercicio de sus funciones
(Septiembre de 2009)
En contestación al escrito de un particular, formulando...
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SPRAYS SI O NO PARA LOS VIGILANTES.
Informe sobre la posibilidad de que los vigilantes de seguridad puedan utilizar sprays de defensa personal
en el ejercicio de sus funciones
(Septiembre de 2009)
En contestación al escrito de un particular, formulando consulta sobre la posibilidad de que los vigilantes
de seguridad puedan utilizar sprays de defensa personal en el ejercicio de sus funciones, esta Secretaría
General Técnica, previo informe de la Comisaría General de Seguridad Ciudadana, ha manifestado el
siguiente criterio (septiembre de 2009):
Con carácter previo al análisis de la cuestión planteada en el escrito de referencia, debe señalarse, de
conformidad con lo establecido en el artículo 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, relativo a los
derechos de los ciudadanos, en relación con el artículo 4 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de
Organización y Funcionamiento de la Administración
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