Una órden del Ministerio de
Trabajo e Inmigración
publicada en el B.
O.
E.
del
21 de Abril del 2009, viene a
poner órden en lo que,
desde CC.
OO.
venimos
denunciando
permanentemente en lo
relativo a la compensación
de gastos de
desplazamiento para acudir...
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Una órden del Ministerio de
Trabajo e Inmigración
publicada en el B.
O.
E.
del
21 de Abril del 2009, viene a
poner órden en lo que,
desde CC.
OO.
venimos
denunciando
permanentemente en lo
relativo a la compensación
de gastos de
desplazamiento para acudir
a las Mutuas que prestan
asistencia sanitaria o
realizan valoraciones
médicas, a requerimiento de
estas y que no tenía una
aclaración precisa en el
ordenamiento jurídico sobre
quién debía pagar o
soportar esos gastos.
Hoy
ya no hay dudas.
DISPOSICIONES
GENERALES MINISTERIO
DE TRABAJO E
INMIGRACION 6612
Orden T/N/97/2009, del 16
de Abril, por lo que
establece la compensación
de gastos de transporte en
los casos de asistencia
sanitaria derivada de
riesgos profesionales y de
comparecencias para la
realización de exámenes o
valoraciones médicas.
La acción protectora de la
Seguridad Social se
manifiesta con una especial
intensidad en las
situaciones derivadas de
accidente de trabajo y
enfermedad profesional.
Así, y por lo que respecta
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