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LEY 2/1985, DE 21 DE ENERO, SOBRE PROTECCIÓN CIVIL EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
I.
FUNDAMENTOS.
Identificada doctrinalmente como protección física de las personas y de los bienes,
en situación de grave riesgo colectivo, calamidad publica o catástrofe...
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LEY 2/1985, DE 21 DE ENERO, SOBRE PROTECCIÓN CIVIL EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
I.
FUNDAMENTOS.
Identificada doctrinalmente como protección física de las personas y de los bienes,
en situación de grave riesgo colectivo, calamidad publica o catástrofe
extraordinaria, en la que la seguridad y la vida de las personas pueden peligrar y
sucumbir masivamente, la protección civil constituye la afirmación de una amplia
política de seguridad, que encuentra actualmente su fundamento jurídico, dentro de
la Constitución, en la obligación de los poderes públicos de garantizar el derecho a
la vida y a la integridad física, como primero y más importante de todos los
derechos fundamentales -art.
15- en los principios de unidad nacional y solidaridad
territorial -art.
2.
- y en las exigencias esenciales de eficacia y coordinación
administrativa -art.
103.
La magnitud y trascendencia de los valores que están en juego en las situaciones
de emergencia exige poner a contribución los recursos humanos y mat
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