LEY 1209 DE 2008
(julio 14)
Por medio de la cual se establecen normas de seguridad en
piscinas.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
CAPITULO I
Disposiciones generales
Artículo 1°.
Objeto.
La presente ley tiene por objeto establecer las
normas...
More
LEY 1209 DE 2008
(julio 14)
Por medio de la cual se establecen normas de seguridad en
piscinas.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
CAPITULO I
Disposiciones generales
Artículo 1°.
Objeto.
La presente ley tiene por objeto establecer las
normas tendientes a brindar seguridad y adecuar las instalaciones
de piscinas con el fin de evitar accidentes, problemas de salud y
proteger la vida de los usuarios de estas, sin perjuicio de lo que
dispongan otras normas que, con carácter concurrente, puedan
serles de aplicación.
Artículo 2°.
Ambito de aplicación.
El ámbito de esta ley se extiende
a todas las piscinas de uso colectivo que, con independencia de su
titularidad pública o privada, se ubiquen en el territorio nacional.
Artículo 3°.
Propiedades privadas unihabitacionales.
En el caso de
las piscinas en propiedades privadas unihabitacionales, estas
deberán incorporarse si ya existen o incluir en su construcción
futura, los sensores de movimiento o alarmas de i
Less