DEL
F,/b&
<2MINISTERIO DE SALUD
No q58 2012)111/15A
Zna, 30 tb NouteriSCE dej 2012.
Visto los Expedientes N°.
11-046616-001, 002 y 003, que contienen los Oficios
N° 1763-2011-J-OPE/INS y N° 734-2012-J-OPE/INS del Instituto Nacional de Salud;...
More
DEL
F,/b&
<2MINISTERIO DE SALUD
No q58 2012)111/15A
Zna, 30 tb NouteriSCE dej 2012.
Visto los Expedientes N°.
11-046616-001, 002 y 003, que contienen los Oficios
N° 1763-2011-J-OPE/INS y N° 734-2012-J-OPE/INS del Instituto Nacional de Salud;
CONSIDERANDO:
Que, el numeral II del Título Preliminar de la Ley General de Salud, Ley N° 26842,
señala que la protección de la salud es de interés público y, por tanto, es responsabilidad
del Estado regularla, vigilarla y promoverla;
Que, el artículo 2° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud, establece que
el Ministerio de Salud es un órgano del Poder Ejecutivo.
Es el ente rector del Sector Salud
que conduce, regula y promueve la intervención del Sistema Nacional de Salud, con la
finalidad de lograr el desarrollo de la persona humana, a través de la promoción,
protección, recuperación y rehabilitación de su salud y del desarrollo de un entorno
saludable, con pleno respeto de los derechos fundamentales de la persona,
Less