AÑO CXXXIII—MES III Caracas, lunes 12 de diciembre de 2005 Número 38.
333
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
AVISO OFICIAL
En vista del Oficio Nº FGO-1076, de fecha 08 de diciembre de 2005, emanado del
Ministerio de Finanzas, en el cual solicita la...
More
AÑO CXXXIII—MES III Caracas, lunes 12 de diciembre de 2005 Número 38.
333
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
AVISO OFICIAL
En vista del Oficio Nº FGO-1076, de fecha 08 de diciembre de 2005, emanado del
Ministerio de Finanzas, en el cual solicita la reimpresión del Decreto Nº 4.
099, de
fecha 21 de noviembre de 2005, publicado en la Gaceta Oficial de la República
Bolivariana de Venezuela Nº 38.
318, de fecha 21 de noviembre de 2005, mediante
el cual se dicta el "REGLAMENTO PARCIAL Nº 4 DE LA LEY ORGANICA DE LA
ADMINISTRACION FINANCIERA DEL SECTOR PUBLICO, SOBRE EL SISTEMA
DE CONTABILIDAD PUBLICA", toda vez que se incurrió en el siguiente error
material:
En el aparte único del artículo 30:
Donde dice:
“La Oficina Nacional de Contabilidad Pública normará mediante providencia
administrativa, las transacciones de cierre del ejercicio económicofinanciero
referidas a los fondos de carácter permanente en poder de los funcionarios y a las
trasferencias legales".
Debe decir:
Las
Less