LEY PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Naturaleza jurídica y objeto
Artículo 1.
Las disposiciones de la presente Ley son de orden público y tiene
por objeto regular los medios y mecanismos, que garanticen el desarrollo...
More
LEY PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Naturaleza jurídica y objeto
Artículo 1.
Las disposiciones de la presente Ley son de orden público y tiene
por objeto regular los medios y mecanismos, que garanticen el desarrollo
integral de las personas con discapacidad de manera plena y autónoma, de
acuerdo con sus capacidades, y lograr la integración a la vida familiar y
comunitaria, mediante su participación directa como ciudadanos y ciudadanas
plenos de derechos y la participación solidaria de la sociedad y la familia.
De los órganos y entes de la Administración Pública y las personas de derecho
privado
Artículo 2.
Los órganos y entes de la Administración Pública Nacional, Estadal y
Municipal competentes en la materia, y las personas naturales y jurídicas de
derecho privado, cuyo objeto sea la atención de las personas con discapacidad,
tienen el deber de planificar, coordinar e integrar en las políticas públicas todo lo
concerniente a la discapacidad, en e
Less