Creación y exclusión impositiva
La creación y las excepciones impositivas las establecen la ley en el Artículo 101.
“Se
crea un impuesto que grava la infrautilización de tierras rurales privadas y públicas.
Quedan excluidas del ámbito de aplicación...
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Creación y exclusión impositiva
La creación y las excepciones impositivas las establecen la ley en el Artículo 101.
“Se
crea un impuesto que grava la infrautilización de tierras rurales privadas y públicas.
Quedan excluidas del ámbito de aplicación de este impuesto, las tierras cubiertas de
bosques naturales declarados por el Ejecutivo Nacional como tales y los cuales no podrán
ser objeto de explotación y uso alguno y, las tierras que por razón de su topografía o por
limitaciones edáficas o de otro tipo no sean aptas para ninguna clase de cultivo, explotación
ganadera o forestal.
Sujetos del impuesto y tierras afectadas al impuesto
2 El Artículo 102 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario establece: “Son sujetos
pasivos del impuesto:
1.
Los propietarios de tierras rurales privadas.
2.
Los poseedores de tierras rurales públicas, distintos de los órganos y entidades publicas y
de los entes de la Administración Publica descentralizados funcionalmente.
”
Establ
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