LEY Nº 352
MEDIO AMBIENTE: NORMAS PARA SU DESARROLLO.
Sanción: 27 de Octubre de 1988.
Promulgación: 30/11/88.
D.
T.
Nº 4.
422.
Publicación: B.
O.
T.
07/12/88.
TITULO I
DISPOSICIONES PRELIMINARES
CAPITULO I
Del objeto y ámbito de aplicación
Artículo...
More
LEY Nº 352
MEDIO AMBIENTE: NORMAS PARA SU DESARROLLO.
Sanción: 27 de Octubre de 1988.
Promulgación: 30/11/88.
D.
T.
Nº 4.
422.
Publicación: B.
O.
T.
07/12/88.
TITULO I
DISPOSICIONES PRELIMINARES
CAPITULO I
Del objeto y ámbito de aplicación
Artículo 1º.
- La presente Ley tiene por objeto establecer normas que sirvan al ordenamiento
territorial para el desarrollo de los ambientes naturales y sus recursos en el Territorio Nacional de la
Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
Artículo 2º.
- El ámbito de aplicación de la presente serán los espacios determinados por la autoridad
de aplicación en todo el Territorio Nacional de la Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico
Sur.
CAPITULO II
De los objetivos fundamentales
Artículo 3º.
- Son objetivos fundamentales para el ordenamiento territorial de los ambientes naturales
y sus recursos:
a) Asegurar el cuidado y mejoramiento de los ambientes naturales y sus recursos mediante una
adecuada organización de las activ
Less