GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA
GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Número 39.
451
Caracas, martes 22 de junio de 2010
LA ASAMBLEA NACIONAL
DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
En uso de sus atribuciones, y en concordancia con lo...
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GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA
GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Número 39.
451
Caracas, martes 22 de junio de 2010
LA ASAMBLEA NACIONAL
DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
En uso de sus atribuciones, y en concordancia con lo establecido en el artículo 4º de la Ley de Publicaciones
Oficiales, reimprímase por error material en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela la
LEY ORGÁNICA DE LA JURISDICCIÓN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA, sancionada en sesión
del día 15 de diciembre de 2009 y, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela
Nº 39.
447 de fecha 16 de junio de 2010, por incurrirse en los siguientes errores: EN EL ARTÍCULO 20
DONDE SE LEE:
Artículo 20.
—Requisitos.
Para ser Juez o Jueza de los Juzgados Superiores Estadales de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa se requiere:
1.
Ser venezolano o venezolana.
2.
Ser abogado o abogada de reconocida honorabilidad y prestigio profesional.
3.
Tener un mínimo d
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