No se pueden celebrar contratos de prestación de servicios para suplir las
funciones de un cargo público que fue suprimido
De conformidad con la Jurisprudencia del Consejo de Estado1
no se pueden celebrar
contratos de prestación de servicios para suplir las...
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No se pueden celebrar contratos de prestación de servicios para suplir las
funciones de un cargo público que fue suprimido
De conformidad con la Jurisprudencia del Consejo de Estado1
no se pueden celebrar
contratos de prestación de servicios para suplir las funciones de un cargo público
que fue suprimido, así:
Sentencia 26 abril de 2012 Sección Segunda del Consejo de Estado
M.
P.
Dr.
Alfonso Vargas Rincón
“…El presente asunto se contrae a establecer la legalidad del Acuerdo 017 de 2000
expedido por la Junta Directiva de Telemedellín, y del Oficio 10290 de 11 de
diciembre de 2001, suscrito por el Gerente de la entidad, mediante los cuales se
retiró a la señora Alba Lucía López Miranda por supresión del cargo de Contadora
que venía desempeñando en la Entidad.
Afirma la demandante que no se presentó supresión efectiva de su cargo, pues las
funciones que desempeñaba subsistieron.
Además, no se puede decir que con la supresión del cargo se perseguía el
mejoramiento del servicio, puesto
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