LEYNo:1521 21 ABR2Ill
"POR MEDIO DE lA CUAL SE ESTABLECE UN MARCO GENERAL PARA
lA LIBRANZA O DESCUENTO DIRECTO Y SE DICTAN OTRAS
DISPOSICIONES"
El CONGRESO DE COLOMBIA,
DECRETA:
ARTíCULO 1°.
Objeto de la libranza o descuento directo.
Cualquier persona...
More
LEYNo:1521 21 ABR2Ill
"POR MEDIO DE lA CUAL SE ESTABLECE UN MARCO GENERAL PARA
lA LIBRANZA O DESCUENTO DIRECTO Y SE DICTAN OTRAS
DISPOSICIONES"
El CONGRESO DE COLOMBIA,
DECRETA:
ARTíCULO 1°.
Objeto de la libranza o descuento directo.
Cualquier persona
natural asalariada, contratada por prestación de servicios, asociada a una
cooperativa o precooperativa, fondo de empleados o pensionada, podrá adquirir
productos y servicios financieros o bienes y servicios de cualquier naturaleza,
acreditados con su salario, sus pagos u honorarios o su pensión, siempre que
medie autorización expresa de descuento dada al empleador o entidad
pagadora, quien en virtud de la suscripción de la libranza o descuento directo
otorgada por el asalariado, contratista o pensionado, estará obligado a girar los
recursos directamente a la entidad operadora.
Parágrafo.
La posibilidad de adquirir productos y servicios financieros o bienes
y servicios de cualquier naturaleza a través de libranza no constituye
necesar
Less