ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIÓN
PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO
LOCAL, A FAVOR DE EMPRESAS EXPLOTADORAS O PRESTADORAS DEL
SERVICIO DE TELEFONÍA MÓVIL.
Artículo 1º.
Fundamento y naturaleza
Al amparo de...
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ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIÓN
PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO
LOCAL, A FAVOR DE EMPRESAS EXPLOTADORAS O PRESTADORAS DEL
SERVICIO DE TELEFONÍA MÓVIL.
Artículo 1º.
Fundamento y naturaleza
Al amparo de lo previsto en los artículos 133.
2 y 142 de la Constitución, el artículo 106 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases del Régimen Local, y en los artículos 57 y 20 a
27 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se regula la tasa por utilización privativa o
aprovechamientos especiales constituidos en el suelo, subsuelo o vuelo de las vías públicas
municipales, a favor de empresas o entidades explotadoras o prestadoras de servicios de
telefonía móvil que afecten a la generalidad o a una parte importante del vecindario, que se
regirán por la presente Ordenanza fiscal
Artículo 2º.
Hecho imponible
1.
Constituye el hecho imponi
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