ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE
CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS
Artículo 1.
- Fundamento Legal
Este Ayuntamiento conforme a lo autorizado por el art.
106 de la Ley 7/85, de 2 de abril,
Reguladora de las bases de Régimen Local y...
More
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE
CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS
Artículo 1.
- Fundamento Legal
Este Ayuntamiento conforme a lo autorizado por el art.
106 de la Ley 7/85, de 2 de abril,
Reguladora de las bases de Régimen Local y de acuerdo con lo previsto en el art.
59.
2 del Texto
refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, establece el Impuesto sobre
Construcciones, Instalaciones y Obras, que se regulará por la presente Ordenanza, redactada
conforme a lo dispuesto en los artículos 100 a 103 del citado TRLRHL.
Artículo 2.
- Hecho Imponible
1.
Constituye el Hecho Imponible del impuesto, la realización, dentro del término
municipal, de cualquier construcción, instalación u obra para la que se exija obtención de la
correspondiente licencia de obra urbanística, se haya obtenido o no dicha licencia, siempre que
su expedición corresponda a este Municipio.
2.
Las Construcciones, Instalaciones u obras a que se refiere el apartado an
Less