REPUBLICA DE COLOMBIA
MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL
RESOLUCIÓN NÚMERO 3099 DE AGOSTO 19 DE 2008
Por la cual se reglamentan los Comités Técnico-Científicos y se establece el
procedimiento de recobro ante el Fondo de Solidaridad y Garantía, FOSYGA, por...
More
REPUBLICA DE COLOMBIA
MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL
RESOLUCIÓN NÚMERO 3099 DE AGOSTO 19 DE 2008
Por la cual se reglamentan los Comités Técnico-Científicos y se establece el
procedimiento de recobro ante el Fondo de Solidaridad y Garantía, FOSYGA, por
concepto de suministro de medicamentos, servicios médicos y prestaciones de salud no
incluidos en el Plan Obligatorio de Salud, POS autorizados por Comité Técnico Científico
y por fallos de tutela
EL MINISTRO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL
En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por el artículo 173 de
la Ley 100 de 1993
CONSIDERANDO
Que conforme al artículo 13 del Decreto – Ley 1281 de 2002, “cualquier tipo de cobro o
reclamación que deba atenderse con recursos de las diferentes subcuentas del FOSYGA
deberá tramitarse en debida forma ante su administrador fiduciario dentro de los seis meses
siguientes a la generación o establecimiento de la obligación de pago o de la ocurrencia del
evento, según corresponda. En c
Less