Y a propósito de la denominada justicia transicional:
Lo primero que cabe preguntarse es: En el caso colombiano ¿cómo se aplica la noción de transición? ¿De qué transición se trata? ¿Cuál es la transición que ocurre y en qué momento tiene lugar?
Pone de...
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Y a propósito de la denominada justicia transicional:
Lo primero que cabe preguntarse es: En el caso colombiano ¿cómo se aplica la noción de transición? ¿De qué transición se trata? ¿Cuál es la transición que ocurre y en qué momento tiene lugar?
Pone de presente Alex Boraine (Vicepresidente de la Comisión de la Verdad y Reconciliación Nacional en la República de Sudáfrica), en su libro Un país desenmascarado, que hay cuatro modalidades o categorías de transición. La primera, la que se da como consecuencia de la derrota total en “una guerra armada” (Alemania y Japón en la Segunda Guerra Mundial); la segunda, la transición que se presenta “por la derrota de un dictador”; la tercera, transición producto del “compromiso y negociación” como en el caso de Sudáfrica, entre una “fuerza democratizadora de oposición y el “régimen totalitario anterior”, y la cuarta, las que se dieron entre regímenes comunistas de “larga data” y quienes los remplazan en el poder (por ejemplo, “países de Europa d
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