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10 de Febrero de 2012
Federación de Trabajadores Independientes de Comercio
FETICO TÚ SINDICATO DE CONFIANZA
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Nº 1/2012 La información del Consejo Social del mes de Enero
Proceso de cooperativización :
Altas y Bajas previas a la Transformación de Gespa en Cooperativa.
La Transformación de Gespa en cooperativa está prevista para finales de Marzo de 2012,
tras la asamblea que se celebrará a mediados de Marzo, La JJPP se realizará en...
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Nº 1/2012 La información del Consejo Social del mes de Enero Proceso de cooperativización : Altas y Bajas previas a la Transformación de Gespa en Cooperativa. La Transformación de Gespa en cooperativa está prevista para finales de Marzo de 2012, tras la asamblea que se celebrará a mediados de Marzo, La JJPP se realizará en la 2ª quincena de Febrero. - ÚLTIMAS ALTAS DE GESPA: El C. Rector ha tomado acuerdo que el plazo para admitir a más socios de Gespa finalice el 31 de enero de 2012. Por lo tanto este mes de enero es el último mes para hacerse socio. Las Altas que se soliciten a partir del 31 de enero deberán esperar a la constitución de la Cooperativa, y por lo tanto reguladas por los estatutos de la Cooperativa, y su Aportación Obligatoria será mayor que la actual en GESPA. - BAJAS DE SOCIOS EN GESPA: La permanencia en GESPA cuando se ha decidido no ser socio de la futura cooperativa no tiene sentido, salvo por sus consecuencias económicas al perder el Complemento Gespa, cue
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Os informamos que el día 14
de julio de 2011, se celebró la
segunda reunión ordinaria de la
comisión de igualdad de la empresa
Caprabo S.
A.
entre los puntos más
importantes cabe destacar los
siguientes:
APROBACION DEL
REGLAMENTO DE
FUNCIONAMIENTO DE LA
COMISION DE IGUALDAD,
Se ratificó el reglamento de
funcionamiento de la...
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1 Os informamos que el día 14 de julio de 2011, se celebró la segunda reunión ordinaria de la comisión de igualdad de la empresa Caprabo S. A. entre los puntos más importantes cabe destacar los siguientes: APROBACION DEL REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA COMISION DE IGUALDAD, Se ratificó el reglamento de funcionamiento de la comisión de igualdad, a excepción de una organización sindical que quedó pendiente de designación de los miembros asistentes a dicha comisión. PROTOCOLO DE ACOSO SEXUAL Y/O POR RAZON DE SEXO. La Empresa nos trasladó en la primera reunión un borrador de texto que a día de hoy estamos en un proceso de análisis detallado para que en la próxima reunión realizar propuesta en común para discutirlo y si procede o no ratificarlo. Dicho protocolo es un procedimiento de actuación ante un supuesto caso de acoso sexual y/o por razón de sexo. Para ello antes de que nos ratifiquemos o no en el protocolo propuesto por la empresa acordamos que si desde el día 14 de julio de
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FETICO, os informa que como consecuencia de la venta
de los 7 hipermercados de la comunidad de Madrid a la empresa
E´leclerc y ante la imposibilidad de poder beneficiarse del
descuento antes mencionado, la Dirección de la Empresa
mediante comunicado nos ha informado que a partir del 1 de
septiembre 2011, los trabajadores (y...
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FETICO, os informa que como consecuencia de la venta de los 7 hipermercados de la comunidad de Madrid a la empresa E´leclerc y ante la imposibilidad de poder beneficiarse del descuento antes mencionado, la Dirección de la Empresa mediante comunicado nos ha informado que a partir del 1 de septiembre 2011, los trabajadores (y beneficiarios) de Ciempozuelos, Mercamadrid, Azuqueca y M50, podrán utilizar la tarjeta descuento de empleado en los Supermercados de la Comunidad Madrid en los centros que se detallan a continuación. Las condiciones del descuento son las que actualmente existen, de un 8% de descuento con el límite de 500 euros mensuales. . . Y a parte se mantiene la posibilidad de seguir manteniendo el descuento en compras en otros hipermercados del Grupo Eroski con las limitaciones que está estipuladas al efecto. A partir de esta semana la empresa entregará una carta individual a cada trabajador para informarle de la situación con respecto al descuento en compras. CENTER SAN FA
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En Madrid¡ a 14 de febrero de 2011.
Por la Dirección de la empresa
GESTION DE HIPERMERCADOS
CAPRABO EISA SLU
José María Cabanillas Prado
Noelia Guerras Martin
Agustín Benavent (Asesor)
1
MANIFIESTAN
Reunidos¡ las personas relacionadas al fin del presente Acuerdo con la
representación que cada uno de ellos ostentan¡
Ana María...
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En Madrid¡ a 14 de febrero de 2011. Por la Dirección de la empresa GESTION DE HIPERMERCADOS CAPRABO EISA SLU José María Cabanillas Prado Noelia Guerras Martin Agustín Benavent (Asesor) 1 MANIFIESTAN Reunidos¡ las personas relacionadas al fin del presente Acuerdo con la representación que cada uno de ellos ostentan¡ Ana María Rodríguez Galán (MCM) Susana Vicario Barrera (MCM) Antonio Martín Gómez (MCM) Félix Gomez Sánchez Asesor Jesús Andradas de Diego (Ciempozuelos) Arturo Melero Sanz (Ciempozuelos) Susana Farizo Calvo (Asesora) Félix García Mascaraque Peña (Ciempozuelos) José Antonio González Polo (Ciempozuelos) Rafael Rodríguez Dacal (MCM) José Fernando García Guerra (MCM) José María Casero (Asesor) Por COMISIONES OBRERAS. Por FEDERACION INDEPENDIENTE DE TRABAJADORES DE COMERCIO Por UNION GENERAL DE TRABAJADORES FEDERACIÓN INDEPENDIENTE DE TRABAJADORES DE COMERCIO (FETICO) FETICO TU SINDICATO DE CONFIANZA 1 de 13
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REQUISITOS PARA SOLICITAR LA PRESTACIÓN PARA EL CUIDADO DE
HIJOS CON ENFERMEDADES GRAVES.
• Estar afiliados y en alta o en situación asimilada al alta.
• Tener cubierto un período mínimo de cotización de:
• Si el trabajador tiene menos de 21 años ...
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REQUISITOS PARA SOLICITAR LA PRESTACIÓN PARA EL CUIDADO DE HIJOS CON ENFERMEDADES GRAVES. • Estar afiliados y en alta o en situación asimilada al alta. • Tener cubierto un período mínimo de cotización de: • Si el trabajador tiene menos de 21 años de edad en la fecha del parto o en la fecha de la decisión administrativa o judicial de acogimiento o de la resolución judicial por la que se constituye la adopción, no se exigirá período mínimo de cotización. • Si el trabajador tiene cumplidos entre 21 y 26 años de edad en la fecha del parto o en la fecha de la decisión administrativa o judicial de acogimiento o de la resolución judicial por la que se constituye la adopción: 90 días dentro de los 7 años inmediatamente anteriores al momento del inicio del descanso o, alternativamente, 180 días cotizados a lo largo de su vida laboral con anterioridad a dicha fecha. • Si el trabajador es mayor de 26 años de edad en la
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