AJUNTAMENT DE MIRAMAR ORDENANZA MUNICIPAL DE LIMPIEZA URBANA
Página 1 of 29
AYUNTAMIENTO DE MIRAMAR
ORDENANZA MUNICIPAL DE LIMPIEZA URBANA
ÍNDICE
Título I.
- Disposiciones Generales.
Título II.
- De la limpieza de la vía pública.
Capítulo I.
- De la limpieza de la vía pública como consecuencia del uso común...
More
AJUNTAMENT DE MIRAMAR ORDENANZA MUNICIPAL DE LIMPIEZA URBANA Página 1 of 29 AYUNTAMIENTO DE MIRAMAR ORDENANZA MUNICIPAL DE LIMPIEZA URBANA ÍNDICE Título I. - Disposiciones Generales. Título II. - De la limpieza de la vía pública. Capítulo I. - De la limpieza de la vía pública como consecuencia del uso común general de los ciudadanos. Capítulo II. - De la suciedad de la vía pública a consecuencia de obras y actividades diversas. Capítulo III. - De la limpieza y mantenimiento de los elementos y partes exteriores de los inmuebles. Capítulo IV. - Repercusiones en la limpieza respecto a la tenencia de animales en la vía pública. Título III. - De la limpieza del municipio respecto al uso común especial y privativo y de las manifestaciones públicas en la calle. Capítulo I. - Condiciones generales y ámbito de aplicación. Capítulo II. - De la colocación de carteles, pancartas, pintadas y distribución de publicidad en la vía pública. Título IV. - D
Less
From fermin signes
Adobe PDF document
Pub. on Feb. 17th 2011
Pages: 29
Views: 150
Downloads: 8
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL TIPO DE GRAVAMEN DEL
IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES
Artículo 1.
- Fundamento legal.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 72 del Texto refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales (RDL 2/2004, de 5 de marzo), se fija el tipo de
gravamen aplicable en este municipio....
More
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL TIPO DE GRAVAMEN DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES Artículo 1. - Fundamento legal. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 72 del Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (RDL 2/2004, de 5 de marzo), se fija el tipo de gravamen aplicable en este municipio. Artículo 2. - Tipo de gravamen 1. - Bienes de Naturaleza Urbana. - El tipo de gravamen del impuesto sobre bienes inmuebles aplicable a los bienes de naturaleza urbana se fija en el 0,40por ciento. 2. - Bienes de Naturaleza Rústica. - El tipo de gravamen del impuesto sobre bienes inmuebles aplicables a los bienes de naturaleza rústica se fija en el 0,60 por ciento. Artículo 3. - Bonificaciones Tendrán derecho a una bonificación del 50% en la cuota íntegra del impuesto, siempre que así se solicite por los interesados antes del inicio de las obras, los inmuebles que constituyan el objeto de la actividad de las empresas de urbanización, construcció
Less
From fermin signes
Adobe PDF document
Pub. on Feb. 17th 2011
Pages: 1
Views: 88
Downloads: 2
TÍTULO II NORMAS URBANÍSTICAS PROPIAS DE LA ORDENACIÓN PORMENORIZADA
CAPÍTULO VII
SUELO URBANIZABLE CON ORDENACIÓN PORMENORIZADA SECTOR INDUSTRIAL “
LES VINYES”
Ajuntament de Miramar - Departament d’Urbanisme
Plaça de l’Ajuntament, 1.
46711 Miramar (València )
Tel:96 281 91 01 Fax: 96 281 90 73
www.
ajumiramar....
More
TÍTULO II NORMAS URBANÍSTICAS PROPIAS DE LA ORDENACIÓN PORMENORIZADA CAPÍTULO VII SUELO URBANIZABLE CON ORDENACIÓN PORMENORIZADA SECTOR INDUSTRIAL “ LES VINYES” Ajuntament de Miramar - Departament d’Urbanisme Plaça de l’Ajuntament, 1. 46711 Miramar (València ) Tel:96 281 91 01 Fax: 96 281 90 73 www. ajumiramar. org e-mail: info@ajumiramar. org NORMA 78 ZONIFICACIÓN SUELO URBANIZABLE CON ORDENACIÓN PORMENORIZADA SECTOR RESIDENCIAL SUR UA-1 CASCO Página 1 de 1 CAPÍTULO VII. - SUELO URBANIZABLE CON ORDENACIÓN PORMENORIZADA SECTOR RESIDENCIAL SUR UA-1 CASCO NORMA 78ª. - ZONIFICACIÓN SUELO URBANIZABLE CON ORDENACIÓN PORMENORIZADA SECTOR RESIDENCIAL SUR UA-1 CASCO Las zonas previstas en el presente sector del suelo urbanizable con ordenación pormenorizada que aparecen especificadas en los planos de ordenación secundaria, son las siguientes: Residencial unitario bloque exento-residencial múltiple bloque adosado (RUBE-RMBA) Residencial manzana compacta (RMC) Equipam
Less
From fermin signes
Adobe PDF document
Pub. on Feb. 17th 2011
Pages: 9
Views: 11
Downloads: 1
ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS
CULTURALES Y EDUCATIVOS
De conformidad con lo prevenido en los artículos 58 y 20.
4 de la Ley 39/1988, de 28 de
diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, y en los artículos 15 a 19 del mismo texto legal,
este Ayuntamiento establece la tasa por la PRESTACIÓN...
More
ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS CULTURALES Y EDUCATIVOS De conformidad con lo prevenido en los artículos 58 y 20. 4 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, y en los artículos 15 a 19 del mismo texto legal, este Ayuntamiento establece la tasa por la PRESTACIÓN DE SERVICIOS CULTURALES Y EDUCATIVOS, que se regirá por la presente Ordenanza Fiscal. Artículo 1. - Hecho imponible Constituye el hecho imponible de la tasa, la prestación de servicios públicos por espectáculos yactividades decaráctercultural organizadosporelAyuntamiento quetengan lugar en alguno de los locales del Ayuntamiento tales como auditorio o casa de cultura. Artículo 2. - Sujeto pasivo Están obligados al pago de la tasa regulada en esta ordenanza todos los beneficiarios de la prestación de los servicios culturales organizados por el Ayuntamiento que se desarrollen en los locales municipales. Artículo 3. - Cuota tributaria La cuantí
Less
From fermin signes
Adobe PDF document
Pub. on Feb. 17th 2011
Pages: 2
Views: 21
Downloads: 0