16366 Martes 18 marzo 2008 BOE núm.
67
No obstante, restan por aplicar fondos adicionales establecidos por Acuerdos Administración-Sindicatos, así como determinados incrementos de conceptos salariales previstos en la Ley de Presupuestos Generales del Estado
para el año 2008, ya que para ello se requiere el acuerdo de la Comisión...
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16366 Martes 18 marzo 2008 BOE núm. 67 No obstante, restan por aplicar fondos adicionales establecidos por Acuerdos Administración-Sindicatos, así como determinados incrementos de conceptos salariales previstos en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2008, ya que para ello se requiere el acuerdo de la Comisión de Interpretación, Vigilancia, Estudio y Aplicación del II Convenio Único. Por otra parte, en la Disposición adicional quinta del II Convenio Único las partes firmantes acordaron alcanzar la tabla salarial del año 2008 destinando todas las actualizaciones y los incrementos que se establezcan en las leyes de presupuestos, así como los fondos adicionales previstos o que se puedan establecer para el personal laboral en los Acuerdos Administración-Sindicatos, sobre medidas retributivas y de oferta de empleo público, así como cualesquiera otros remanentes o incrementos de masa salarial. Atendiendo a lo anterior y en aplicación de lo establecido en los artículos 3
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7218 Lunes 28 febrero 2005 BOE núm.
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La Rioja .
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7218 Lunes 28 febrero 2005 BOE núm. 50 La Rioja . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1 19 74. 185,65 74. 185,65 148. 371,30 Valenciana . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5 238 27 1. 030 492. 246,52 492. 246,52 984. 493,04 Ceuta . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1 70 24. 728,55 24. 728,55 49. 457,10 Melilla . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1 65 24. 728,55 24. 728,55 49. 457,10 Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 35 5. 636 16,5 977 48,5 7. 279 5. 590. 299,09 4. 945. 710,00 10. 536. 009,09 ANEXO II Plan de acción personas con discapacidad 2004 CC. AA. Tipología Financiación Promoción de derechos y bienestar Atención sociosanitaria a personas con grave discap. Apoyo a familias cuidadoras C. A. A. G. E. Total 3344 R
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DDEECCRREETTOO 4477//22000044,, DDEE 99 DDEE MMAARRZZOO,, DDEELL GGOOBBIIEERRNNOO DDEE AARRAAGGÓÓNN,, PPAARRAA LLAA PPRROOMMOOCCIIÓÓNN DDEE LLAA CCOONNTTRRAATTAACCIIÓÓNN EESSTTAABBLLEE YY DDEE CCAALLIIDDAADD INAEM. Servicio de Promoción de Empleo Pág. 1 SUBPROGRAMAS FINALIDAD BENEFICIARIOS REQUISITOS CUANTÍA Art. 3º. 1 CONTRATACIÓN INDEFINIDA INICIAL a) Menores de 25 años con experiencia laboral < 6 meses. b) Mayores de 45 años. c) Parados de larga duración: < 25 años que superen 6 meses en desempleo y >25 años que superen los 12 meses de desempleo. d) Titulados universitarios menores de 30 años que no tuviesen un empleo fijo anterior y que sean contratados dentro de los 3 años posteriores al título en actividad adecuada al nivel y especialidad de estudios cursados. e) Desempleados que obtengan formación y experiencia tras participar en: Escuelas Taller, Casas de Oficio, Talleres de Empleo, Programas Públicos de Empleo de colaboración con Corporaciones Locales y Organismos, Pla
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La presente “Guía de Primeros Auxilios en la Industria Cárnica”
es fruto del interés común de la Asociación de Industrias de la
Carne de España (AICE), la Asociación Española de Empresas de
la Carne (ASOCARNE) y la Federación Agroalimentaria de la
Unión General de Trabajadores (FTA-UGT) de promover la seguridad y salud...
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1 La presente “Guía de Primeros Auxilios en la Industria Cárnica” es fruto del interés común de la Asociación de Industrias de la Carne de España (AICE), la Asociación Española de Empresas de la Carne (ASOCARNE) y la Federación Agroalimentaria de la Unión General de Trabajadores (FTA-UGT) de promover la seguridad y salud en el Sector Cárnico y poner a disposición de las empresas que lo forman instrumentos que les permitan cumplir con sus obligaciones en materia de Prevención de Riesgos Laborales. Esta guía tiene por objetivo favorecer el cumplimiento y aplicación de la normativa en materia de primeros auxilios entre los empresarios y trabajadores de las Industrias Cárnicas, recogiendo de forma práctica y sencilla los procedimientos adecuados a seguir en caso de producirse cualquiera de los accidentes laborales más habituales en el Sector Cárnico. Su edición ha sido posible en el marco de la Convocatoria de ayudas 2002 de la Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales. Presenta
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ET: Estatuto de los Trabajadores - Texto Refundido R.
D.
Leg.
1/1995, 24 marzo (BOE 29/03/95) según redacción dada por la Ley 63/1997, 26 dic.
(BOE 30/12/97); R.
D.
L.
15/1998, 27 nov.
(BOE 28/11/98); INSTITUTO ARAGONÉS DE EMPLEO – enero 2008 v2
Ley 39/1999, 5 nov.
(BOE 06/11/99); Ley 55/1999, 29 dic.
(BOE 30/12/99); Ley...
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ET: Estatuto de los Trabajadores - Texto Refundido R. D. Leg. 1/1995, 24 marzo (BOE 29/03/95) según redacción dada por la Ley 63/1997, 26 dic. (BOE 30/12/97); R. D. L. 15/1998, 27 nov. (BOE 28/11/98); INSTITUTO ARAGONÉS DE EMPLEO – enero 2008 v2 Ley 39/1999, 5 nov. (BOE 06/11/99); Ley 55/1999, 29 dic. (BOE 30/12/99); Ley 14/2000, 29 dic. (BOE 30/12/00); Ley 12/2001, 9 julio (BOE 10/07/01); Ley 35/2002, 12 julio (BOE 13/07/02); Ley 45/2002, 12 dic. (BOE 13/12/02); Ley 62/2003, 30 dic. (BOE 31/12/03); 02/01/2008 Pág. 1 Ley Orgánica 1/2004, 28 dic. (BOE 29/12/04); Ley 14/2005, 1 jul. (BOE 02/07/05); Ley 43/2006, 29 dic. (BOE 30/12/06); Ley Orgánica 3/2007, 22 marzo (BOE 23/03/07); Ley 38/2007, 16 nov. (BOE 17/11/07) y Ley 40/2007, 4 dic. (BOE 05/12/07). IMPORTANTE: Este documento, dada su condición de resumen, tiene carácter meramente orientativo. Para una mayor información deberá consultarse la normativa aplicable señalada, así como, en su caso, el correspondiente conven
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Guía
para la Aplicación de la Vigilancia de
la Salud en la Industria Cárnica
Con la financiación de:
FUNDACIÓN
PARA LA
PREVENCIÓN
DE RIESGOS
LABORALES
Proyecto solicitado por la Comisión Paritaria Sectorial del
Convenio Básico de Ámbito Nacional para las Industrias Cárnicas
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42708 Sábado 20 octubre 2007 BOE núm.
252
Disposición final tercera.
Entrada en vigor.
El presente Real Decreto entrará en vigor en el plazo
de dos meses, a partir de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
No obstante, las disposiciones contenidas en el artículo 8
referentes al informe financiero anual entrarán en...
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42708 Sábado 20 octubre 2007 BOE núm. 252 Disposición final tercera. Entrada en vigor. El presente Real Decreto entrará en vigor en el plazo de dos meses, a partir de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. No obstante, las disposiciones contenidas en el artículo 8 referentes al informe financiero anual entrarán en vigor en relación con las cuentas anuales cuyo ejercicio económico comience a partir del 1 de enero de 2007, inclusive. Las disposiciones contenidas en el Título I relativas a los informes financieros semestrales y las declaraciones intermedias entrarán en vigor en relación con las informaciones que se refieran a periodos que comiencen a partir del 1 de enero de 2008. Dado en Madrid, el 19 de octubre de 2007. JUAN CARLOS R. El Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Economía y Hacienda, PEDRO SOLBES MIRA MINISTERIO DETRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 18306 RESOLUCIÓN de 9 de octubre de 2007, de la Dirección General de Trabajo, por la que se publica la rel
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(10)Sepedirá:
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(10)Sepedirá: -NºSS -Documentodeidentiddad -Nºdecuenta -InscripciónenelServiciodeEmpleo (11)Lapersonacontratadadispondrá hastalafechadeelaboracióndenóminas paraaportarlainformaciónenel DepartamentodeRRHH. (12)Secontactateflónicamenteporel DptodeRRHHoatravésdelasBolsas deEmpleoutilizadas (13)Seintroducelainformaciónenel programadenóminas (14)Mediostelemáticos:ContrataySS SELECCIÓNYCONTRATACIÓN B RRHHSeleccionado Solicitardatospersonales delseleccionado Solicitardatospersonales delseleccionado IntroducirdatospersonalesIntroducirdatospersonales EntregardatospersonalesEntregardatospersonales FirmarcopiadecontratoFirmarcopiadecontrato Archivarcopiadecontrato firmado Archivarcopiadecontrato firmado Comunicararesponsable delaacogida Comunicararesponsable delaacogida Seleccionadoconcontratofirmado Comunicaciónparaacogida Contactarconlosno seleccionados entrevistados Contactarconlosno seleccionados entrevistados Comunicaciónconnoseleccionados Utilizarmediostelemáticos paralacontratación Utiliz
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