Régimen general
Recargo Equivalencia
Adquisiciones intracomunitarias
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Régimen general Recargo Equivalencia Adquisiciones intracomunitarias IVA devengado por inversión del sujeto pasivo Modificaciones de bases y cuotas IVAdevengadoIVAdeducible Base imponibleRégimen Tasa Cuota 03 05 07 09 11 13 15 17 19 21 04 06 08 10 12 14 16 18 20 22 23 24 25 26 27 28 29 30 32 33 4% 7% 16% 0,5% 1% 4% 1,75% Liquidación Total cuota devengada ( + + + + + + + + + ) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 22201816141210080604 IVA deducible en operaciones interiores . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . IVA deducible importaciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
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EJEMPLOS DE PRORRATA ESPECIAL
SUPUESTO: La empresa x realiza las actividades de elaboración y venta de medicamentos y plasma sanguineo,
habiendo efectuado las siguientes operaciones durante el ejercicio (en cada trimestre): ventas de plasma: 10.
000;
ventas de medicamentos: 50.
000.
Las cuotas soportadas han sido: bienes...
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EJEMPLOS DE PRORRATA ESPECIAL SUPUESTO: La empresa x realiza las actividades de elaboración y venta de medicamentos y plasma sanguineo, habiendo efectuado las siguientes operaciones durante el ejercicio (en cada trimestre): ventas de plasma: 10. 000; ventas de medicamentos: 50. 000. Las cuotas soportadas han sido: bienes exclusivamente para la actividad de plasma: 225 (5625); bienes exclusivamente para la actividad de medicamentos: 150 (3750); bienes destinados en común a ambas: 225 (5625). (La prorrata definitiva del año anterior fue del 90%). Venta de plasma sanguíneo: exenta (prorrata:0%) PRORRATA GENERAL: 1) 1ºt: IVA repercutido (50. 000x4%)= 2. 000 IVA soportado deducible [(150+225+225)]x90%=540 A ingresar= 1. 460 2) 2ºt: IVA repercutido (50. 000x4%)= 2. 000 IVA soportado deducible [(150+225+225)]x90%=540 A ingresar= 1. 460 3) 3ºt: IVA repercutido (50. 000x4%)= 2. 000 IVA soportado deducible [(150+225+225)]x90%=540 A ingresar= 1. 460 4) 4ºt: prorrata definitiva: 200. 000/240. 0
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RECTIFICACION
DE
DEDUCCIONES
Por
determinación
incorrecta de
su importe
DECLARACIONLIQUIDACION
COMPLEMENT
ARIA
(recargos e
intereses)
Por
rectificación de
las cuotas
soportadas
Determina un
INCREMENTO
de las cuotas
deducidas
Causa:
Modificación
de la BI (art.
80)
DECLARACIONLIQUIDACION
del periodo de
recepción del
documento...
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RECTIFICACION DE DEDUCCIONES Por determinación incorrecta de su importe DECLARACIONLIQUIDACION COMPLEMENT ARIA (recargos e intereses) Por rectificación de las cuotas soportadas Determina un INCREMENTO de las cuotas deducidas Causa: Modificación de la BI (art. 80) DECLARACIONLIQUIDACION del periodo de recepción del documento justificativo (o posteriores hasta 4 años desde el devengo o de las nuevas circunstancias) Otras causas DECLARACIONLIQUIDACION del perioodo de recepción del documento justificativo (hasta un año desde la recepción de dicho documento) Determina una DISMINUCION de las cuotas deducidas (obligatorio) Causa: Modificación de la BI, error fundado de derecho DECLARACIONLIQUIDACION del periodo de recepción del documento justificativo Otras causas DECLARACIONLIQUIDACION RECTIFICATIVA (Recargos e intereses)
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EJEMPLO DE REGULARIZACION DE BIENES DE INVERSION
La sociedad x adquiere en X1 un ordenador por 1.
000.
000 (mas IVA), que inmediatamente entra
en funcionamiento en sus oficinas.
DATOS: DE LAS PRORRATAS: X1(provisional:23%); x1(definitiva):25%; x2:40%; x3:22%; x4=30%;
x5=5%
Determinar las deducciones del ordenador y las...
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EJEMPLO DE REGULARIZACION DE BIENES DE INVERSION La sociedad x adquiere en X1 un ordenador por 1. 000. 000 (mas IVA), que inmediatamente entra en funcionamiento en sus oficinas. DATOS: DE LAS PRORRATAS: X1(provisional:23%); x1(definitiva):25%; x2:40%; x3:22%; x4=30%; x5=5% Determinar las deducciones del ordenador y las regularizaciones que correspondan Si la empresa realizara la venta del ordenador usado en x4 por 100. 000(mas IVA), que regularización hay que efectuar. 1. AÑO X1: 160. 000X23%=36. 800=36. 800 Deducción provisional 2. AÑO x1: 160. 000x25%=40. 000 (deducción que le correspondería) 40. 00036. 800=3. 200(mayor deducción) 3. AÑO x2: 160. 000x40%=64. 000 (deducción que le correspondería) 64. 000-40. 00075=4. 800 (mayor deducción) 4. AÑO X3: 160. 000x22%: 25%-22%<10%: al tener menos de 10% no hay regularización. 5. AÑO x4: 160. 000x30%: 25%-30%<10% al tener menos de 10% no hay regularización 6. AÑO x5: 160. 000x5%=8. 000 (deducción que le correspondería) 40. 000-8. 00
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CASO PRACTICO SOBRE LA ENTREGA DE UN MTN
Supongamos que un particular Español decide vender un SEAT TOLEDO,
adquirido hace dos meses y con 1.
000 Km, aun residente en Portugal.
Dicho vehiculo fue adquirido por un precio de 1.
750.
000, siendo el
precio de venta de 1.
250.
000
1) Se trata de una entrega intracomunitaria de...
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CASO PRACTICO SOBRE LA ENTREGA DE UN MTN Supongamos que un particular Español decide vender un SEAT TOLEDO, adquirido hace dos meses y con 1. 000 Km, aun residente en Portugal. Dicho vehiculo fue adquirido por un precio de 1. 750. 000, siendo el precio de venta de 1. 250. 000 1) Se trata de una entrega intracomunitaria de un MTN, por lo que la entrega en España estará exenta y la adquisición en Portugal sujeta (se autorepercutira el portugues en Portugal) 2) El particular español, se convierte ocasionalmente en empresario o profesional a estos solos efectos, por lo que tendra derecho a deducirse por el IVA soportado en su adquisicion (modelo 308); la devolucion vendra dada por el importe de las cuotas soportadas en la adquisicion de l vehiculo con el limite del importe que hubiese repercutido al portugues si la venta no hubiese estado exenta: 1) IVA soportado: 280. 000 (16% 1. 750. 000) 2) Maximo a devolver: 240. 000 (16% 1. 500. 000) 3) IVA a devolver: 240
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